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Asociación para la Lucha Contra las Enfermedades de Riñón - 

ALCER EBRO

“En virtud de lo dispuesto en el Artículo 17  de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, darán derecho a practicar las deducciones previstas en la citada Ley los donativos, donaciones y aportaciones que sean irrevocables, puros y simples”.


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En general no hay requisitos obligatorios para donar a ALCER EBRO. Tanto personas físicas como jurídicas pueden donar a ALCER EBRO. Si deseas desgravar tu donación en el IRPF o el Impuesto de Sociedades es imprescindible que nos facilites tus datos fiscales para informar a la Agencia Tributaria de tu aportación. Puedes enviar un email con tus datos al correo alcerebro@alcerebro.org

 

 

¿QUÉ CANALES TENGO PARA PODER REALIZAR UNA DONACIÓN?

 

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